Aclaración sobre la aplicación de los incentivos de ahorro de energía para usuarios regulados.

La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) publicó el día 6 de marzo de 2016 la Resolución CREG 029 de 2016: “Por la cual se define un esquema de tarifas diferenciales para establecer los costos de prestación del servicio de energía eléctrica a usuarios regulados en el SIN para promover el ahorro voluntario de energía”.

En la mencionada resolución se establece un esquema de tarifas diferenciales para el costo de la prestación del servicio de energía eléctrica, con el que se busca incentivar el ahorro por parte de los usuarios regulados. Como parte del esquema tarifario, que se define en dicha resolución, se determina un menor valor a pagar a los usuarios que consuman menos energía que su meta de ahorro individual.

Adicionalmente, en atención a los comentarios que recibió la CREG por parte de los comercializadores con respecto a la operatividad de la Resolución CREG 029 de 2016 en sus sistemas de facturación, se identificó la necesidad de realizar ajustes que permitan una aplicación más expedita del esquema de tarifas diferenciales.

Mediante la Resolución CREG 039 de 2016, la Creg establece que el valor a reconocer a los usuarios que consuman por debajo de su meta de ahorro de individual será igual al costo evitado por el ahorro, es decir el valor de la tarifa y no 450 $/kWh como estaba definido en la Resolución Creg 029 de 2016. De forma análoga, la Comisión definió que el valor de la energía para los consumos superiores a la meta de ahorro individual, será dos veces la tarifa.

Finalmente, la Creg aclaró que la meta de ahorro de referencia será el último consumo mensual facturado al usuario, correspondiente a la información del ciclo de lectura que haya finalizado antes o el día 6 de marzo de 2016. Expresado en kWh-mes. Es decir no será el correspondiente a febrero 2016 como inicialmente se estableció, lo anterior ya que no todos los comercializadores manejan ciclos de lectura y facturación concordantes con el año calendario.

Si usted es usuario regulado y tiene consumos superiores a 10.000 kWh-mes, contáctenos

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